Reforma en el Código Penal sobre acciones dependientes de instancia privada

Luego de las polémicas generadas en torno a la modificación del Código Penal argentino, el Gobierno Nacional autorizó una reforma en el mismo, sobre acciones dependientes de instancia privada. La medida fue comunicada el último jueves, a través del Boletín Oficial, donde queda promulgada la Ley Nº 27.455.

De esta manera, se llevó adelante la modificación del artículo 72 del libro primero, título XI del Código Penal de la Nación, ley 11.179, el cual asegurará que serán acciones dependientes de instancia privada, los previstos en los artículos 119, 120 y 130 del Código Penal, cuando no resultare la muerte de la persona ofendida o lesiones de las mencionadas en el artículo 91, lesiones leves, sean dolosas o culposas e impedimento de contacto de los hijos menores con sus padres no convivientes.