Se hace lugar a la demanda promovida contra Banco Macro SA, Prisma medios de Pagos SA y contra Sociedad Militar “Seguros de Vida” citada como tercera, tendiente a que estas últimas indemnizaran al actor por los daños y perjuicios generados por el débito de la liquidación de su tarjeta de crédito por determinados consumos que no había realizado.
✔️El actor inició un reclamo contra las demandadas tendiente a que estas abonen los daños y
perjuicios que le dejó el déficit de determinados consumos que él no había realizado.
✔️La jueza de grado rechazó la acción ya que entendió que, al haber reintegrado el banco esos consumos, ningún daño cierto había sufrido el actor.
✔️En ese marco, correspondía a la Cámara dilucidar si efectivamente había sido reintegrado a la cuenta del actor todo aquello que se le descontó por error, para luego determinar si esos déficits generaron en él los daños que adujo haber padecido.
✔️El Tribunal de Alzada expuso que “(…) habiendo sido descontados de su cuenta el 100% de sus ingresos, es razonable presumir que el accionante debió solicitar el préstamo en cuestión para afrontar los gastos cotidianos que no podría haber solventado sin el dinero indebidamente descontado, motivo que, por otra parte, resulta corroborado con lo expuesto por el actor en la planilla de solicitud del crédito”.